Las mujeres con menstruación incapacitante tienen derecho a baja laboral temporal desde este jueves, 1 de junio. Igualmente, se reconoce desde esta fecha el derecho a baja por interrupción voluntaria del embarazo, sea voluntaria o no, así como la baja a partir del primer día de la semana trigésimo novena de gestación.

Al igual que con cualquier enfermedad común, será necesaria la constatación de la situación por el médico de cabecera | Cadena SER



